La discusión sobre los requerimientos de capital a la banca europea salpica a los intereses nacionales y genera enfrentamientos entre países que cuestionan la homogeneidad de la Unión Bancaria. Para poner orden en este debate y avanzar en el proceso de armonización, el BCE publicó el 11 de noviembre un proyecto de reglamento sobre las discrecionalidades nacionales. En el documento, que en el momento de redactar este informe está en fase de consulta, se hacen propuestas para armonizar 24 de las 150 discrecionalidades nacionales identificadas por el supervisor, entre ellas algunas de las más controvertidas.

Es el caso, por ejemplo, de los denominados Activos Fiscales Diferidos (DTA, por sus siglas en inglés). Estos activos se generan cuando se registran pérdidas en un período y pueden compensarse, en parte, en ejercicios posteriores, constituyendo por lo tanto un crédito fiscal. La normativa internacional de solvencia exige que los DTA de la banca se deduzcan, a efectos del cómputo de capital, de los recursos propios, ya que no está garantizado que mantengan su valor en caso de que la entidad entre en dificultades. Sin embargo, las legislaciones nacionales de algunos países, como es el caso de España, permiten que esos activos sean considerados capital, lo cual hace posible que las entidades beneficiadas tengan ratios de solvencia más altas. Los DTA tienen importancia sobre todo en bancos de países del sur de Europa, como España, Italia, Grecia y Portugal.

El proyecto del reglamento del BCE lo que propone sobre los DTA es acortar el calendario de aplicación de deducciones por rendimientos futuros, de tal manera que a partir del 1 de enero de 2019 dichos activos deben deducirse íntegramente de los recursos propios.

En el caso de España, los problemas derivados del tratamiento fiscal de los DTA garantizados por el Estado se han resuelto a través de una reforma del Impuesto de Sociedades incluida en el proyecto de Presupuestos Generales del Estado de 2016. La medida establece que parte de los DTA generados antes del 1 de enero de 2016 (28.000 millones sobre un total de 40.000 millones) se mantendrán en el futuro, y por tanto podrán seguir siendo computados como capital, si bien los bancos beneficiarios habrán de abonar una prestación anual en función de lo que hayan pagado en el Impuesto sobre Sociedades. Según estimaciones del mercado, ese canon para el sector bancario español supone alrededor de 420 millones anuales, que es una cantidad inferior a la que tendrían que desembolsar por emitir los 28.000 millones de capital equivalente. Los DTA que se creen a partir de ahora se garantizarán con condiciones. La reforma cuenta con el apoyo de la Comisión Europea y del BCE.

Si los DTA benefician a los países del sur de Europa, otros privilegios favorecen a los socios del centro y el norte de la Unión Europea. Es el caso del controvertido Compromiso Danés, denominado así porque fue firmado bajo la presidencia de Dinamarca en 2012, que permite a los bancos con filiales aseguradoras beneficiarse de un tratamiento favorable en el cálculo de las ratios de capital. Esta excepción, que bonifica más a conglomerados franceses (sobre todo), belgas y finlandeses., es respetada en el proyecto de reglamento del BCE, lo cual supone que sus defensores han ganado la primera batalla. Sin embargo, hay presiones internas y externas para que se elimine.

Nota:  Esto es un extracto del informe “La Unión Bancaria, suma y sigue“, elaborado por el Centro del Sector Financiero de IE Business School y PwC

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Alberto Calles

Alberto Calles

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