Diligencia debida: por qué el “Stop the Clock” no debe detenerte

    La Directiva sobre Diligencia Debida en Sostenibilidad Corporativa (CSDD) fue aprobada por la UE en julio de 2024 y establece que los estados miembros, también España, deben transponerla a sus legislaciones nacionales antes del 26 de julio de 2026. Aunque en abril de este año se ha aprobado la directiva «Stop the Clock» (UE 20257795), que retrasa la aplicación efectiva de la CSDDD hasta julio de 2028, la normativa sigue adelante y no solo afectará a las grandes empresas sino también a muchas pymes, como las involucradas en cadenas de suministros globales.

    El Club de Excelencia en Sostenibilidad y PwC, con apoyo del Ministerio de Trabajo y Economía Social, ha elaborado una ‘Guía de Diligencia Debida para las empresas‘ con el objetivo de proporcionar a las empresas un marco claro y práctico que les permita la implantación de un sistema de diligencia debida en sostenibilidad con vistas a gestionar riesgos, cumplir con las normativas vigentes y generar un impacto positivo en sus operaciones y cadenas de actividad.

    Más allá del cumplimiento normativo, la guía aspira a ayudar a las compañías a adoptar un modelo de gestión sostenible que fortalezca su competitividad y resiliencia frente a un entorno global cada vez más dinámico y exigente. En concreto, la normativa establece obligaciones específicas para identificar, prevenir, mitigar y reparar los impactos negativos que las actividades empresariales puedan generar en los derechos humanos, el medioambiente y la sociedad. Estas son algunas de las exigencias sobre las que ya deben ir trabajando las compañías españolas:

    1. Incorporar la diligencia debida en sus políticas y sistemas de gestión de riesgos. Las pautas sobre las que se asienta el modelo de diligencia debida, que debe estar basado en el riesgo, han de permear las políticas y sistemas de las empresas para resultar efectivas a todos los niveles de operación pertinentes.
    2. Identificar impactos adversos. La identificación y evaluación de impactos potenciales y reales sobre los derechos humanos y el medio ambiente son fundamentales, priorizando aquellos de mayor gravedad y severidad. Las empresas deben mapear todas las relaciones comerciales pertinentes para identificar las áreas generales donde es más probable que ocurran impactos adversos y sean más severos, realizando una evaluación en profundidad de las áreas donde se identificó que los impactos adversos son más propensos a ocurrir y son más graves.
    3. Prevenir, mitigar y reparar. Las empresas deben esforzarse por prevenir y poner fin a todos los riesgos identificados. Cuando no sea factible abordar todos los riesgos al mismo tiempo y en su totalidad, las empresas deben priorizar los impactos adversos según su gravedad y probabilidad. Se deben tomar medidas apropiadas para abordar los impactos adversos, con el objetivo de prevenir y terminar con estos, y, cuando no sea posible, mitigarlos adecuadamente, siguiendo los requisitos establecidos por la Directiva. Cuando una empresa cause o contribuya conjuntamente a causar impactos adversos reales, debe proporcionar reparación.
    4. Habilitar canales de denuncia. La norma europea establece la necesidad de desarrollar mecanismos de denuncia y quejas, sistemas que abarquen tanto las operaciones propias, de subsidiarias y socios comerciales para la notificación de impactos negativos.
    5. Monitorizar y evaluar. Las empresas deben realizar evaluaciones periódicas de sus propias operaciones y medidas, las de sus subsidiarias y, cuando estén relacionadas con su cadena de actividades, las de sus socios comerciales, para evaluar la implementación y monitorear la adecuación y efectividad de la identificación, prevención, mitigación, finalización o minimización de la magnitud de los impactos adversos. Estas evaluaciones y las obligaciones cubiertas en la Directiva deben informarse, al menos anualmente.
    6. Transparencia y rendición de cuentas. El objetivo de la directiva es que la comunicación pública de las acciones tomadas ayuda a reforzar la responsabilidad y la confianza en las prácticas empresariales. Se deberá garantizar a través de la comunicación de resultados y el establecimiento de medidas correctivas por las empresas involucradas.

    Aunque la aprobación de la directiva “Stop the Clock” ha generado incertidumbres sobre posibles cambios en la aplicación futura de la normativa vigente, la guía elaborada por PwC y el Club de Excelencia en Sostenibilidad representa una oportunidad para las empresas, ofreciendo un camino claro para navegar el complejo paisaje regulatorio y transformarse con éxito hacia modelos de negocio más responsables y sostenibles.

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