Todos hemos escuchado alguna vez aquella fábula de Hans Christian Andersen sobre aquel rey con ropajes invisibles al que nadie se atrevía a cuestionar, hasta que alguien dijo en voz alta: “¡El Rey está desnudo!”. De repente, todos se atrevieron: ¡el rey estaba desnudo! La Taxonomía Europea que se enmarca en el Plan de Finanzas Sostenibles de la Unión Europea viene a ser esta persona que cuestiona lo que hasta ahora nadie se ha atrevido a poner en duda, pues , tiene como ambición contestar a una simple pregunta: ¿Qué es lo que hace que una actividad sea sostenible?
Así, pretende proporcionar, a través de una lista de actividades económicas y de criterios relevantes (que se irá actualizando, adaptándose a cambios tecnológicos y a nuevas actividades), un lenguaje común a inversores, prestamistas, reguladores y compañías sobre lo que es sostenible y lo que no. Esto ayudará a ahorrar tiempo y dinero a inversores y prestamistas que quieran tener en cuenta criterios ESG en sus decisiones, recompensando a las compañías más sostenibles y evitando caer en la trampa del greenwashing.
El objetivo último de la Taxonomía es movilizar capital hacia aquellas actividades que impulsen el cumplimiento de los acuerdos de París en materia de cambio climático, los Objetivos de Desarrollo Sostenible y los objetivos medioambientales de la Unión Europea.
Para ello, la Taxonomía desarrollará una lista exhaustiva de criterios de las actividades que contribuyen sustancialmente a los objetivos medioambientales de la Unión Europea en cada uno de los siguientes aspectos:
- Mitigación del cambio climático
- Adaptación al cambio climático
- Protección del agua
- Economía circular
- Prevención de la contaminación
- Biodiversidad y ecosistemas
Sin embargo, en este examen no es suficiente con aprobar o sacar un notable: o se obtiene un sobresaliente o un suspenso. Así, para que una actividad sea considerada como ‘sostenible’, no solo tiene que contribuir sustancialmente a uno de los objetivos, sino tampoco causar un daño significativo a ninguno de los otros cinco objetivos ambientales (cumpliendo con otra serie de criterios) y llevarse a cabo cumpliendo con unas garantías sociales mínimas: los principios rectores de las Naciones Unidas sobre empresas y derechos humanos, las directrices de la OCDE sobre empresas multinacionales y los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo.
En este sentido, se pretende para matizar esta cuestión desarrollar otras dos taxonomías complementarias: una que defina qué actividades son significativamente perjudiciales y otra que defina qué actividades son ‘neutras’, es decir que no supongan un impacto relevante, ni negativo ni positivo, en materia medioambiental.
Además, este test es obligatorio para algunas organizaciones, en concreto para: las compañías afectadas por la Directiva 2014/95/UE de Información No Financiera, y para los participantes de los mercados financieros (asset managers, instituciones de crédito, firmas de inversión, empresas aseguradoras y reaseguradoras y entidades financieras), que deberán reportar cómo y en qué medida sus actividades (o sus inversiones) están alineadas con la Taxonomía Europea, sirviendo esto de nexo entre el desempeño ambiental y económico.
En este sentido, el Acto Delegado aprobado por la Comisión Europea el pasado 6 de julio confirma que a partir del 1 de enero de 2022 se hará un primer examen de la Taxonomía, obligando a reportar tanto a las entidades financieras como a las no financieras afectadas por la regulación qué porcentaje de sus actividades generadoras de ingresos (o de sus inversiones) son ’elegibles’ según la Taxonomía (sin tener aún que confirmar si se cumplen los criterios o no, esto es, si realmente pueden ser consideradas como sostenibles).
A partir del 1 de enero de 2023, las empresas no financieras deberán reportar la proporción de la facturación derivada de productos y servicios alineados con la Taxonomía, así como la proporción del CAPEX y del OPEX relacionado con los activos y procesos que se asocien a actividades alineadas con la Taxonomía. Las diferentes tipologías de entidades financieras mencionadas anteriormente tendrán hasta el 1 de enero de 2024 para reportar diferentes KPIs (según tipo de entidad financiera) relacionados con la proporción de sus inversiones alineada con la Taxonomía.
Sin embargo, que una empresa no esté sujeta legalmente a esta obligación no significa que la Taxonomía no le afecte. En este sentido, informar sobre sus actividades alineadas con la Taxonomía facilitará potencialmente el acceso a capital tanto privado como público. Además, se prevé una revisión de la Directiva Europea de Información No Financiera para, entre otras cuestiones, modificar su alcance, ampliándose así el número de empresas afectadas por los requerimientos de reporte de la Taxonomía Europea. Por último, la Taxonomía Europea puede ser una herramienta muy útil a la hora de realizar diagnósticos y estrategias con el objetivo de virar hacia la sostenibilidad del modelo de negocio.
Aunque hasta la fecha se ha trabajado en una taxonomía medioambiental, está previsto desarrollar una segunda taxonomía social que sirva igualmente de diccionario sobre lo que se considera “sostenible” desde dicho punto de vista. Se espera que el Grupo Técnico de Expertos (TEG) de la Comisión publique a finales de 2021 o principios de 2022 un documento explicativo proponiendo una estructura y funcionamiento de esta taxonomía, que sería la base sobre la que se desarrolle la regulación al respecto.
En este sentido, la Plataforma Europea de Finanzas Sostenibles publicó un informe borrador sobre esta taxonomía social el pasado 13 de julio donde se muestran la primeras pistas sobre la estructura de esta taxonomía y los aspectos incluidos, centrándose en dos dimensiones: la promoción de impactos sociales positivos (y la mitigación de impactos negativos) a comunidades, consumidores y empleados, y la promoción de estándares adecuados de vida (incluyendo la mejora de la accesibilidad de productos y servicios básicos).
En conclusión, las principales ventajas de la Taxonomía (su visión integradora de la sostenibilidad y el alto nivel de detalle y rigurosidad de sus criterios técnicos) son también sus principales debilidades, ya que puede resultar particularmente costoso verificar el cumplimiento de los criterios de no daño significativo y de las garantías sociales mínimas. Además, la ausencia de datos o la falta de calidad de estos dificulta enormemente la comprobación de los criterios técnicos, lo que conlleva, en el peor de los casos, dejar de clasificar una inversión o una actividad como sostenible por falta de información.
Sin embargo, una vez salvados estos obstáculos, la implementación de esta normativa expondrá ante los ojos del público -y de los inversores- qué rey es digno de portar la corona “sostenible” y quién, por el contrario, se está vistiendo de ropajes invisibles hilados por políticas que no se ejecutan y por un reporting vistoso, pero sin acción detrás.
Si crees que tu empresa “está desnuda”, es hora de empezar a vestirla.