Las infraestructuras representan uno de los pilares fundamentales del desarrollo de un país. Sin ellas, el crecimiento económico, así como el bienestar social de su población, se verán inevitablemente resentidos. Un factor fundamental para el desarrollo de estas infraestructuras ha sido siempre la financiación. No obstante, la dificultad para conseguirla ha sido siempre considerable, principalmente por dos factores. En primer lugar, las necesidades de financiación suelen ser muy elevadas. En segundo lugar, y como resultado de lo primero, la deuda se repagará exclusivamente con los flujos generados del proyecto y los prestamistas no tendrán recurso al accionista.
A lo largo de las últimas décadas la banca privada ha desarrollado una importante experiencia en la financiación de esta tipología de proyectos estableciendo unos criterios sólidos y rigurosos llevando a diferenciar entre operaciones bancables o no bancables. Sin embargo, en numerosas ocasiones, los financiadores privados consideran que a pesar de cumplir un proyecto con los criterios mínimos de bancabilidad, éste presenta “otros” riesgos y/o características que hacen que no existan incentivos económicos suficientes para financiar la operación. Claros ejemplos son el riesgo país o el tamaño de las operaciones.
La presencia de estos fallos de mercado justifica la participación de entidades públicas de financiación.
Tipos de financiación pública: El caso español
La financiación pública puede dividirse en dos grandes grupos: Los instrumentos de cobertura, y los instrumentos de financiación directa. Los instrumentos de cobertura son ofrecidos por las denominadas Agencias de Crédito a la Exportación. En España, este rol lo asume la Compañía Española de Seguro de Crédito a la Exportación (CESCE). A través de sus pólizas de crédito y avales, ofrece al banco entre un 50% y un 99% de cobertura de riesgo de crédito a la hora de conceder un préstamo o un aval.
Complementariamente algunos países, como España, cuentan además con entidades públicas con capacidad de financiar directamente un proyecto. Este es el caso de la Compañía Española de Financiación al Desarrollo (COFIDES), así como del Instituto de Crédito Oficial (ICO).
En el caso de COFIDES, éste puede ofrecer financiación directa tanto a través de instrumentos de deuda (senior, subordinada y mezzanine), así como de instrumentos de capital. Esta financiación se ofrece con cargo a los diferentes fondos que gestiona (FIEX, FONPYME, FOCO y FIS). En cuanto al ICO, éste ofrece con cargo a su propio balance, deuda senior y avales tanto técnicos como financieros.
Por último, cabe destacar al Fondo para la Internacionalización de la Empresa (FIEM). Este fondo, directamente gestionado por la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones, de la Secretaría de Comercio, ofrece préstamos a largo plazo y a un tipo de interés fijo.
Tanto las operaciones que cubre CESCE como aquellas financiadas por el ICO, COFIDES y FIEM, deben venir basadas sobre un “interés nacional” como condición necesaria para su entrada en la financiación. Este concepto, especialmente relevante para proyectos fuera de España, es de interpretación flexible y puede venir justificado, ya sea por la participación mayoritaria de una empresa española en el accionariado de la SPV extranjera, o bien por el suministro de bienes y servicios españoles al proyecto.
En este contexto, resulta especialmente relevante destacar que las cuatro instituciones muestran un marcado interés por proyectos de infraestructura y energía. Y es que estos sectores están estrechamente alineados con las prioridades estratégicas del Gobierno de España, como la transición ecológica, la digitalización, la movilidad sostenible y la internacionalización de empresas españolas.
La necesidad de un marco para la financiación pública
El marco de gobernanza español en materia de financiación pública no es una excepción a nivel internacional. De hecho, todos los países de nuestro entorno geográfico y con un nivel económico comparable cuentan con redes institucionales similares para apoyar a sus empresas en el exterior.
Estas instituciones se utilizan como herramientas estratégicas para reforzar la competitividad nacional. En la actualidad, China representa el ejemplo más evidente de competencia desleal en este ámbito. Sin embargo, en décadas anteriores, esta situación también se daba entre países occidentales. Para mitigar estas distorsiones, en 1976 se alcanzó un acuerdo informal entre los países del G6, conocido como el Consenso de la OCDE sobre Créditos a la Exportación con Apoyo Oficial. Este pacto, hoy respaldado por los 27 Estados Miembro de la UE, así como por Reino Unido, Noruega, Suiza, Turquía, Estados Unidos, Canadá, Australia, Nueva Zelanda, Japón y Corea del Sur, establece reglas comunes que promueven una competencia basada en la calidad de los bienes y servicios, y no en las condiciones financieras ofrecidas, garantizando así un entorno de competencia equitativa (level playing field).
Por otro lado, la financiación pública puede generar efectos no deseados, como el crowding out del sector privado en aquellos casos en los que no exista un fallo de mercado. Precisamente para evitar este tipo de distorsiones, la Unión Europea cuenta con el Reglamento sobre Ayudas de Estado, que establece un marco normativo claro para garantizar que la intervención pública no desplace injustificadamente a la inversión privada, preservando así el papel esencial que desempeñan las entidades financieras en el análisis y estructuración de proyectos complejos de energía e infraestructuras.





